El visado D7 permite a los ciudadanos de fuera de la UE residir y trabajar en Portugal, así como circular libremente dentro del espacio Schengen, y también les es posible ampliar estos derechos a sus familiares. Esta Visa está especialmente dirigida a jubilados, pensionistas o personas con ingresos regulares de bienes muebles o inmuebles.
Paso 1 - Asignación de la visa de residencia D7
La atribución del visado de residencia es responsabilidad de la oficina consular portuguesa del país de nacionalidad y/o residencia del ciudadano extranjero. Después de verificar todas las especificidades de cada oficina consular portuguesa, los documentos que se suelen solicitar para la solicitud de este tipo de visado son los siguientes:
Paso 2 - Concesión del Permiso de Residencia Temporal
Una vez que el visado de residencia ha sido expedido por la oficina consular y/o la Embajada portuguesa, el Solicitante puede entrar legalmente en el territorio nacional portugués y solicitar, en AIMA, la emisión del respectivo Permiso de Residencia Temporal. La solicitud de Permiso de Residencia debe ser programada por el solicitante a través de una llamada telefónica con AIMA. Alternativamente, la cita puede ser realizada internamente por el consulado o embajada portuguesa durante el proceso de emisión del visado. La solicitud deberá presentarse de forma presencial, con un formulario firmado por el solicitante o su representante legal, y podrá presentarse en cualquier oficina regional de AIMA.
Dicha solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
Tenga en cuenta que la concesión de un permiso de residencia requiere:
Reunificación familiar
Al solicitar la reunificación familiar, los miembros de la familia del solicitante también pueden obtener un permiso de residencia en Portugal. En este contexto, este tipo de permiso de residencia puede extenderse al cónyuge, hijos (menores de edad) y familiares económicamente dependientes del solicitante. Los miembros de la familia también serán elegibles para la residencia permanente (después de 5 años de residencia temporal) y la nacionalidad portuguesa (también después de 5 años).
Renovación
La residencia temporal inicial es válida por un año, renovable por dos años a partir de entonces, con planes por períodos más largos después de renovaciones exitosas.
Sin perjuicio de las disposiciones legales específicas (en las que la Ley de Extranjería prevé plazos diferentes), con la modificación del artículo 75 de la Ley de Extranjería por el artículo 192 de la Ley n.º 75-B/2020, de 31 de diciembre - Presupuestos Generales del Estado para 2021, En vigor desde el 1 de enero de 2021, el permiso de residencia temporal es válido por un período de dos años (en lugar de solo uno) a partir de la fecha de emisión del permiso de residencia temporal y es renovable por períodos sucesivos de tres años (en lugar de solo dos).
Costos
El Solicitante y cada miembro de su familia deberán pagar las tasas respectivas a AIMA, tanto para la primera solicitud como para cada trámite de renovación posterior. El valor de cada cuota es de 109,30 €.
Fuente: Pares Advogados