Con la entrada en vigor del Paquete "Más Vivienda", la inmensa mayoría de los contratos de arrendamiento de vivienda anteriores a la RAU (que entró en vigor el 18 de noviembre de 1990), pasaron, en la práctica, a ser vitalicios. Hasta la Ley n.º 56/2023, de 6 de octubre, era posible que los arrendadores provocaran la transición de contratos de arrendamiento (aunque estuvieran sujetos a un período transitorio de congelación de alquileres) en los que los inquilinos se encontraban en alguna de las siguientes situaciones:
Con esta ley, los contratos de arrendamiento con inquilinos en alguna de estas situaciones pasan a quedar congelados de por vida, y solo pueden ser objeto de actualización anual en base a los coeficientes publicados por el INE, ni se pueden actualizar las rentas en base al VPT de los inmuebles. A raíz de esta congelación vitalicia, se publicó el DL n.º 132/2023, de 27 de diciembre, que establece una indemnización a los arrendadores, en el sentido de que el importe correspondiente a la diferencia entre el valor actualizado en base al VPT del inmueble y el valor efectivo de la renta pagado por el inquilino es pagado directamente por la IHRU.
A modo de ejemplo, si un inmueble tiene un VPT de 90.000 €, la cantidad mensual hasta la que se podía actualizar el alquiler antes del Paquete "Más Viviendas" (con algunas excepciones) era de 500 €. Así, teniendo en cuenta que el alquiler actual efectivamente pagado es de 150 €, el arrendador tendrá derecho a una indemnización mensual de 350 €.
La IHRU dijo que se realizaron 2900 solicitudes de compensación, con un valor promedio de 215,76 euros, y la compensación comenzará a pagarse en octubre, retroactivo a la fecha de la solicitud (y la medida entró en vigor a partir del 1 de julio). Esta medida tiene una vigencia de 12 meses a partir de la solicitud, renovable por períodos iguales.